Contrato de Adhesión Servicios Móviles

D E C L A R A C I O N E S:

I. Declara ALESTRA bajo protesta de decir verdad: a) que es una sociedad debidamente constitui(i)da y existente conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, b) que su apoderado cuenta con todas las facultades necesarias para obligarla en los términos establecidos en el presente Contrato, las cuales no les han sido revocadas ni en forma alguna modificada y que cuentan con los elementos materiales, técnicos y humanos necesarios para cumplir con la finalidad del presente Contrato, c) que tiene su domicilio en: Av. Munich No. 175 L-10, Colonia Cuauhtémoc, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, C.P. 66450 y d) que su RFC es ACD190426HZ8.

II. Declara el CLIENTE bajo protesta de decir verdad, que: a) es su voluntad adquirir los Servicios (según dicho término se define adelante) prestados por ALESTRA en términos de lo establecido en el presente Contrato, b) acepta las obligaciones derivadas del consumo correspondiente a los Servicios de conformidad con las tarifas en vigor al momento de usar dichos Servicios y de conformidad con lo establecido en el presente Contrato, c) que sus datos personales, entre los cuales se encuentran su nombre, domicilio, datos de localización, en su caso, Registro Federal de Contribuyentes, y demás información proporcionada a ALESTRA para efectos del presente Contrato serán aquellos que otorgue cada CLIENTE en específico al momento de solicitar la contratación de los Servicios de ALESTRA, misma información que será en todo momento cierta, completa y correcta, en los términos y conforme a la documentación presentada para tal efecto y d) que desea recibir de ALESTRA los servicios que más adelante se describirán, de acuerdo con los términos y condiciones del presente Contrato.

C L A U S U L A S:

PRIMERA. - DEFINICIONES.

1.1 **Términos Definidos. **Los términos usados con mayúscula inicial en el presente Contrato y no definidos expresamente en el mismo tendrán el significado que se indica para cada caso a continuación:
Activación: Es el proceso mediante el cual la línea queda lista para ser usada por el CLIENTE. Puede ser de dos formas; 1) Insertar el chip de ALESTRA en el equipo móvil del CLIENTE para utilizar los Servicios y recibir, un mensaje (SMS) con el número telefónico y el plan asignado a dicho chip y 2) ALESTRA recibiendo la confirmación de recepción de SIMS activa el Servicio, la Activación se dará cuando alguno de los dos supuestos suceda.
Anexo de Precios (para persona moral) y/o Carátula (para persona física): Documento(s) donde el CLIENTE solicita a ALESTRA la prestación de Servicios y/o la venta de Equipo, los que se sujetarán a los términos y condiciones del presente Contrato y sus Anexos. El Anexo de Precios se suscribirá por escrito y el CLIENTE acepta pagar los cargos por los consumos extras que se generen de acuerdo al Plan Tarifario contratado. El Anexo de Precios será parte integrante del presente Contrato, así mismo, los Servicios y/o Equipos para el CLIENTE que se describan en las mismas.
**Bloqueo de Equipo: **Restricción Técnica del Equipo contratado para el uso del servicio Contratado.
Cliente: La persona física o moral que contrata o utiliza los Servicios de ALESTRA de conformidad con el presente Contrato.
Cobertura: Área Geográfica dentro del territorio Nacional, dentro de la cual ALESTRA garantiza la entrega del Servicio materia del presente contrato.
Comprobante Fiscal: La factura emitida por ALESTRA, en el cual se establecen los cargos por la prestación del Servicio y/o la venta de Equipo.
Contrato: El presente Contrato y los Términos y Condiciones Generales, mismos documentos que se consideran celebrados entre el CLIENTE y ALESTRA para todos los efectos a que haya lugar en el momento en que el CLIENTE firma el presente Contrato. El presente Contrato ha sido elaborado por ALESTRA de conformidad y en estricto cumplimiento de todas las disposiciones legales aplicables. El Contrato, los Términos y Condiciones Generales, los Anexos de Precios y/o Carátulas que firme el CLIENTE se considerarán como un solo y mismo documento y parte integrante del presente Contrato para todos los efectos a que haya lugar.
Contraprestación: Importe que el Cliente deberá pagar a ALESTRA de forma mensual por los Servicios incluidos en el Servicio contratado.
**Contrataciones Empresariales: **transacción mediante la cual un CLIENTE persona moral y/o persona física con actividad empresarial adquiere de ALESTRA Servicios, Servicios Adicionales y/o Equipos Terminales bajo el presente Contrato, sus Anexos de Precios y/o Carátulas.
Contrataciones de Persona Física: transacción mediante la cual un CLIENTE persona física adquiere de ALESTRA Servicios, Servicios Adicionales y/o Equipos Terminales bajo el presente Contrato, sus Anexos de Precios y/o Carátulas.
**Cuenta: **Es el número asignado al Usuario cuando este accede al Portal de Autogestión y lleva a cabo la acción de crear una cuenta para poder consultar consumos, planes y llevar a cabo recargas.
Disposiciones del IFT: Significa cualesquiera reglamentos, acuerdos, lineamientos, planes técnicos y/o demás disposiciones administrativas de carácter general que emita el IFT de conformidad con la Ley.
**Ejecutivo de Cuenta: **Personal asignado a cada Cliente para llevar a cabo una atención personalizada.
**Equipo Terminal: **Equipo de comunicación móvil, debidamente desbloqueado y homologado, mediante el cual el CLIENTE se conecta a la red de telefonía local inalámbrica de ALESTRA.
**GSMA: **Asociación GSM.
IFT o Instituto: El Instituto Federal de Telecomunicaciones.
LFTR: La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Línea Telefónica: Número Geográfico Móvil asignado al CLIENTE, para la operación del servicio materia del presente Contrato.
MSISDN: Hace referencia al Número de Suscripción RDSI de Móvil (MSIN), el cual suele ir formado por el código del país seguido, del número de abonado a la red del teléfono.
OMV (Operador Móvil Virtual): Concesionario o autorizado que preste, comercialice o revenda Servicios Móviles o capacidades que previamente haya contratado con algún Concesionario Mayorista Móvil.
Partes: Son ALESTRA y el CLIENTE, es decir, los contratantes del Servicio.
**Permiso: **Significa la Concesión Única de ALESTRA para comercializar servicios móviles.
Plazo forzoso: Plazo mínimo, expresado en meses, en que se obliga ALESTRA a prestar los Servicios y el CLIENTE al pago de las contraprestaciones.
Profeco: Procuraduría Federal del Consumidor.
**Política de Uso Justo: **Lineamientos de uso de los Servicios, emitidos por el IFT y disponibles en la página http://www.ift.org.mx/sites/default/files/conocenos/pleno/sesiones/acuerdoliga/piftext28062113.pdf, que el CLIENTE puede consultar en cada registro tarifario registrado por ALESTRA ante el IFT en la liga de internet https://tarifas.ift.org.mx/ift_visor/.
Portabilidad: Derecho del Cliente de poder migrar el Numero Móvil con otro operador.
Portal de Autogestión: Portal donde el CLIENTE podrá administrar las líneas, productos y servicios, así como contratar Servicios Adicionales y el Usuario podrá dar de alta una Cuenta para consultar consumos, planes y llevar a cabo recargas.
Punto de Venta: Se refiere al Portal de Autogestión, tiendas de conveniencia de terceros, tiendas de autoservicio o supermercados con los que ALESTRA tenga celebrado un acuerdo, los cuales podrán ser consultados en la página web de ALESTRA y que el CLIENTE podrá utilizar para contratar Servicios, Servicios Adicionales bajo el presente Contrato; dependiendo del acuerdo que ALESTRA tenga con dichos terceros, se podrá contratar algunos o todos los servicios antes señalados.
Roaming Internacional: El Roaming Internacional es el servicio de usuario visitante, mediante el cual los usuarios tienen la posibilidad de comunicarse cuando se encuentren en otro país utilizando los siguientes servicios de telecomunicaciones: Telefonía (Minutos) Mensajes (SMS) Datos (MB/GB). Mientras el CLIENTE se encuentre en el extranjero se considera como un usuario visitante de la red del operador extranjero, ya que el servicio es provisto por éste.
**SMS: **Servicio de mensajes cortos, servicio de mensajes simples o SMS (Short Message Service) es un servicio disponible en los teléfonos móviles que permite el envío de mensajes cortos de hasta 140 caracteres entre equipos terminales móviles.
Secretaría: La Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
**Servicio o Servicios: **Se refiere conjunta o indistintamente a todos los servicios de telefonía móvil (que incluye voz, datos y SMS) ofrecidos por ALESTRA, así como, aquellos contratados por el CLIENTE por virtud del presente Contrato y/o con posterioridad a éste. La descripción del Servicio y las Tarifas aplicables podrán ser consultados por el CLIENTE en https://www.alestra.mx/.
**Servicio(s) Adicional(es): **Servicio(s) opcional(es) que ALESTRA podrá prestar al CLIENTE de manera adicional a los Servicios siempre y cuando la provisión de estos servicios sea factible y el CLIENTE lo solicite o autorice expresamente a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita. Existen diferentes servicios adicionales que el cliente puede consultar en la página web https://www.alestra.mx/soluciones/movilidad.
Servicios de Atención al Cliente: Son aquellos servicios de solución de dudas, contratación de Servicios, activación de planes y Servicios Administrativos prestados vía telefónica llamando sin costo al 800 ALESTRA (800 2537872), y/o a través del Ejecutivo de Cuenta Asignado y/o a través del Portal de Autogestión.
**Servicios de Soporte Técnico Movilidad y/o Mesa Móvil: **Son aquellos servicios que atenderán incidentes, fallas o requerimientos técnicos prestado vía telefónica llamando sin costo al *611 desde una línea ALESTRA o al 800-062-6950 o al correo electrónico ms_alestra_movil@alestra.com.mx.
Tarifas: Se refiere a las tarifas para el uso de los Servicios debidamente registradas ante IFT y disponibles en: https://www.alestra.mx/legal/ofertas-registradas.
**Usuario: **Es la persona que utiliza los Servicios y Servicios Adicionales.

1.2 Interpretación de los términos definidos. Los términos definidos en el presente Contrato aplicarán tanto a la forma singular como al plural de dichos términos. Cuando el contexto así lo requiera, cualquier pronombre incluirá la forma masculina, femenina o neutra correspondiente. Salvo que expresamente se establezca lo contrario, todas las referencias a las cláusulas, incisos, sub-incisos o numerales de las cláusulas se refieren a cláusulas, incisos, sub-incisos o numerales de las cláusulas del presente Contrato y todos los apéndices, anexos o documentos adjuntos que se utilizan en el presente Contrato se entenderán incorporados por referencia al presente Contrato. Asimismo, se entenderá que cualquier referencia a cualquier contrato, convenio, términos, documento o instrumento incluye la referencia a dicho contrato, convenio, términos, documento o instrumento según el mismo sea modificado, reformado o adicionado en cualquier momento y la Ley, las Disposiciones del IFT y/o cualquier ley, reglamento, lineamientos, regla, norma o disposición legal incluye las reformas a los mismos en cualquier tiempo y cualquier ley, norma, disposición, regla o reglamento que los sustituya. Lo anterior deberá estar sujeto a lo que expresamente señale la disposición.

SEGUNDA. - OBJETO Y ALCANCE.

2.1 El presente Contrato tiene por objeto establecer los derechos y obligaciones de ALESTRA y sus clientes en relación con los términos y condiciones respecto a la prestación, funcionamiento, desempeño y uso de los Servicios dentro de la cobertura de ALESTRA.

2.2 ALESTRA se obliga a ofrecer los Servicios y Servicios Adicionales, definidos en la cláusula primera de Definiciones de este Contrato, que hubieren sido contratados por el CLIENTE.

2.3 ALESTRA se obliga a prestar los Servicios y Servicios de Soporte Técnico Movilidad y/o Mesa Móvil durante las 24 (veinticuatro) horas del día los 365 (trescientos sesenta y cinco) días del año. Los Servicios de Atención al Cliente vía correo electrónico estarán disponibles las 24 (veinticuatro) horas del día los 365 (trescientos sesenta y cinco) días del año. Estos Servicios se prestarán únicamente en las áreas básicas de servicio, regiones o áreas de cobertura que estén autorizadas en los títulos de concesión de los operadores con quien ALESTRA formalice acuerdos y en estricto apego a la Ley y en conformidad a las concesiones, autorizaciones y registros que correspondan ante el IFT, mismas áreas o regiones de cobertura geográfica que podrán ser en todo momento consultadas por el CLIENTE en la página web de ALESTRA en https://www.alestra.mx/.

2.4 ALESTRA solo prestará servicios con equipos terminales homologados en conformidad con las normas y disposiciones técnicas establecidas por el IFT y aquellas que se tengan acordadas con las redes mayoristas.

2.5 Así mismo el Cliente se obliga a cumplir con los términos y condiciones de este Contrato y cubrir las cantidades que corresponden a los cargos generados por los servicios contratados.

TERCERA. - SERVICIOS.

3.1 Naturaleza de los Servicios. ALESTRA en su carácter de OMV ofrece los Servicios móviles objeto del presente Contrato bajo la modalidad de Pospago Libre y Pospago Controlado como se establece en la cláusula Quinta de Tarifas, mismos que incluyen: a) Emisión y recepción de llamadas de voz nacional e internacional b) Acceso a Internet c) Transmisión y recepción de mensajes de texto (SMS).

Cuando se trate de servicios móviles bajo la modalidad de Pospago Libre, ALESTRA notificará al CLIENTE mediante medio electrónico disponible que su paquete está por agotarse y una vez que ello ocurra se le empezarán a cobrar cargos adicionales por el uso del Servicio.

3.2 En el caso de que la contratación de servicios provenga del proceso de portabilidad, la numeración y modalidad se establecerán en la Solicitud de NIP de Portabilidad y/o Anexo único de las reglas de portabilidad formato de solicitud de portabilidad de número(s) telefónico(s), según corresponda, que el CLIENTE entregará a ALESTRA, de conformidad con el marco legal respectivo, es decir las Reglas de Portabilidad Numérica que pueden ser consultadas en el portal web del IFT http://www.ift.org.mx/, y se adjuntarán al Anexo de Precios y/o la Carátula correspondiente, los cuales formaran parte integral del presente Contrato.

3.3 Conforme al artículo 191 fracc. XVI de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el CLIENTE tendrá derecho a que en los servicios móviles de prepago, el saldo no consumido a la fecha de su expiración, le sea abonado en las recargas que se lleven a cabo dentro del año siguiente a dicha fecha.

3.4 Calidad del servicio. Los Servicios y Servicios Adicionales serán prestados de forma continua y eficiente, de conformidad con índices y parámetros de calidad a los que deberán de sujetarse los prestadores del servicio móvil, emitidos por el Instituto, que se encuentren vigentes y/o los ofrecidos implícitamente, mismos que no pueden ser inferiores a los primeros.

CUARTA. – DE LOS EQUIPOS.

4.1 EQUIPO PROVISTO: Es el Equipo Terminal móvil desbloqueado que el Cliente adquiere o recibe para hacer uso de los Servicios bajo la figura contractual establecida en la Carátula y/o Anexo de Precios del Contrato (compraventa), directamente con ALESTRA a través de sus Distribuidores Autorizados, Cadenas Comerciales participantes, canales digitales y/o a través de medios electrónicos y cualquier otro canal de venta liberado por ALESTRA.

4.2 EQUIPO DEL CLIENTE: El Equipo Terminal móvil propiedad del CLIENTE, por el cual hace uso de los Servicios. El CLIENTE entiende que es su exclusiva responsabilidad el que el Equipo del CLIENTE sea compatible con la red de la Concesionaria y esté debidamente homologado en base a lo establecido en la LFTR.

4.3 EQUIPO SUSTITUTO: El Equipo Terminal móvil entregado desbloqueado por ALESTRA mientras el Equipo del CLIENTE se encuentra en reparación, por el cual hace uso de los Servicios. Este será de características similares que el Equipo del CLIENTE, será compatible con la red de la Concesionaria y estará debidamente homologado.

4.4 FECHA DE ENTREGA: Día en que ALESTRA entregará y activará el Servicio en la ubicación física que designe el CLIENTE, una vez que la solicitud del Contrato sea ingresada, se valide la Cobertura de los Servicios y se acepte por ALESTRA al cumplir con los requisitos establecidos y a la aprobación de crédito. Una vez cumplido lo anterior, ALESTRA entregará los Equipos contratados por el CLIENTE establecidos en el Anexo de Precios y/o la Carátula respectivos. La entrega deberá ser dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha de firma del Anexo de Precios y/o la Carátula o en la fecha que ambas partes acuerden en dichos documentos.

4.5 GARANTÍA DE EQUIPO SUMINISTRADO POR ALESTRA: El equipo cuenta con garantía por defectos de fábrica y errores en el sistema operativo original bajo responsabilidad del fabricante por el periodo de garantía establecido en la póliza de garantía del propio fabricante, que podrá variar dependiendo del Equipo, pero como mínimo será de 90 (noventa) días acorde a lo establecido en la NOM184 SCFI2018.

La citada garantía podrá ser solicitada por conducto de ALESTRA para lo cual el CLIENTE deberá de entregar el Equipo con caja, empaques originales y accesorios completos, en este caso ALESTRA llevará a cabo las gestiones de garantía con el fabricante siempre y cuando esté dentro del periodo de garantía establecido por el fabricante el cual se hará del conocimiento del CLIENTE o si el CLIENTE así lo desea podrá solicitarla directamente al fabricante. La reparación del teléfono o el cambio se realizará de acuerdo con la complejidad de las fallas y el estado en que se encuentre la unidad, en caso de aplicar un cambio sin costo para el CLIENTE, será por un equipo de características similares. La reposición del Equipo será a través del Ejecutivo de Cuenta de servicio asignado.

En el caso de que el CLIENTE presente a ALESTRA el EQUIPO PROVISTO para que ésta solicite al fabricante su revisión y/o reparación, ALESTRA no les proporcionará un equipo sustituto, pero les suspenderá durante ese período de revisión y/o reparación el cobro de las Contraprestaciones mensuales de los Servicios, de conformidad con la normatividad aplicable vigente. Lo anterior siempre y cuando el CLIENTE no esté utilizando los Servicios de ALESTRA mediante otro equipo del CLIENTE.

4.6 El Equipo queda fuera de garantía, de manera enunciativa mas no limitativa, en los supuestos siguientes: a) cuando el equipo presente daños por causas atribuibles al CLIENTE, el desmontaje, manipulación, modificación realizados por personal o asistencia técnica no autorizados por la marca, b) cuando el producto muestre alteraciones en el número de serie, IMEI o este sea removido con cualquier fin, c) cuando el producto presente defectos o daños causados por descarga eléctrica o fluctuaciones de voltaje o alteración eléctrica, 4) cuando el daño haya sido a causa del uso incorrecto de tarjeta SIM, ésta haya tenido alguna alteración, o la bandeja de ésta haya sido forzada por el mismo tema, d) cuando el daño haya sido causado por exposición a calor excesivo, derrame de alimentos, líquidos, polvo, lluvia, transpiración abundante, vaporizaciones en el ambiente, aceites, etc., e) cuando los daños sean causados por el uso de accesorios no autorizados por la marca o no compatibles con el modelo adquirido y f) no se brinda garantía a un equipo con rastros de humedad por cualquier motivo y/o cuando el Equipo Terminal haya sido utilizado de manera que viole lo establecido en la póliza de garantía del Equipo Terminal, así como daños por virus relacionados de la misma causa, tampoco con signos de haber sido abiertos o manipulados por personal o establecimientos no autorizados por la marca, ni en caso de daños físicos o golpes que directa o indirectamente hayan sido causantes de la falla, incluyendo las cámaras y la tapa.

En cualquiera de estos casos el equipo es devuelto previa valoración ocular y valoración técnica debidamente notificada al CLIENTE, sin revisión de falla y sin reparación alguna y sin responsabilidad alguna a cargo de ALESTRA

4.7 Los Servicios únicamente pueden ser proporcionados en el Equipo suministrado por ALESTRA, o en el Equipo del CLIENTE debidamente homologado y que cumpla con las especificaciones técnicas y regulatorias para recibir la prestación del Servicio, ALESTRA pondrá a disposición del CLIENTE el listado de Equipos a través del Ejecutivo de Cuenta asignado compatibles con los Servicios que presta.

Si el CLIENTE utiliza un equipo terminal móvil que no se encuentre en el listado de equipos compatibles proporcionada por ALESTRA, éste acepta que su uso puede de forma enunciativa, mas no limitativa, ocasionar fallas o funcionamiento anormal de: a) los Servicios incluyendo la imposibilidad de acceder a ellos, b) la generación de consumos adicionales, c) los sistemas propios con los cuales interactúe el equipo, d) incremento considerable en la señalización de la red móvil. En este caso, ALESTRA no será responsable de la calidad o imposibilidad de prestación de cualquiera de los Servicios y, en cualquier momento podrá suspender al CLIENTE la prestación de los mismos, así como ejercer en contra del CLIENTE las acciones que conforme a su derecho convengan, incluyendo las correspondientes a la reparación de daños y perjuicios ocasionados a ALESTRA.

4.8 El CLIENTE será el único responsable por el uso del Equipo, la información personal que almacene en éste y/o de los Servicios, así como del pago del Equipo y de los Servicios, independientemente de quién haga uso de ellos.

4.9 En caso de robo o extravío del Equipo o cualquier otra circunstancia que pudiera tener como consecuencia el uso de los Servicios sin consentimiento del CLIENTE, éste deberá solicitar la suspensión del Servicio a Servicios de Atención al Cliente dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes conforme a lo establecido en el numeral 11.4.1 de la NOM184 SCFI 2018.

En el caso del párrafo anterior, el CLIENTE será el único responsable por el uso del Equipo y el pago de los Servicios hasta solicitar la suspensión del Servicio a Atención a Clientes, al momento en que notifique el siniestro ALESTRA le asignará un número de reporte.

El aviso de robo o extravío y la solicitud de suspensión de los Servicios, no implica la terminación del Contrato ni la suspensión del cobro del Servicio y de los demás cargos adicionales por servicios prestados al CLIENTE. El CLIENTE se obliga a notificar dicha situación, así mismo reconoce que ALESTRA no será responsable bajo ningún sentido de sustituir el equipo robado o extraviado, ni de proporcionar un Equipo Sustituto. EL CLIENTE asumirá la responsabilidad de obtener un equipo para la utilización y continuidad del servicio contratado.

4.10 ALESTRA pondrá a disposición del CLIENTE un catálogo de equipos para compra por reposición, con precio específico. El catálogo de equipos para reposición lo entregará el ejecutivo de cuenta o de atención asignado bajo solicitud al CLIENTE. Así mismo será necesario la firma de un Anexo de Precios y/o Carátula para la compraventa de un equipo por reposición.

Para la solicitud de un equipo por reposición, el CLIENTE deberá proporcionar a ALESTRA el número telefónico asignado (MSISDN) de la línea ALESTRA que desea generar el reemplazo. ALESTRA no vende o comercializa equipos de manera individual, por lo que no podrán venderse equipos que no estén ligados a una línea móvil de ALESTRA. ALESTRA entregará los equipos al cliente en conjunto con una SIM nueva sin costo adicional. Bajo solicitud del CLIENTE, Alestra podrá aprovisionar dicha SIM con el número telefónico proporcionado en la solicitud de reposición de equipos.

ALESTRA se obliga a hacer su mejor esfuerzo para tener disponibilidad de los equipos en el catálogo proporcionado, la misma deberá validarse con su ejecutivo de cuenta previo a la firma del anexo de precios y/o Carátula.

Las condiciones de pago y el tiempo de entrega estimado se establecerán en el anexo de precios y/o Carátula correspondiente.

4.11 Reposiciones de SIMs

ALESTRA repondrá las SIMs sin costo cuando se cumpla alguna de las siguientes condiciones, las cuales deberán ser validadas por la Mesa de Atención Móvil de ALESTRA: 1. Defectos en la fabricación de la SIM, 2. Errores en el perfil eléctrico de la SIM, 3. Fallas en la SIM durante el periodo de contratación de los servicios, siempre y cuando la SIM no presente daños visibles ni alteraciones físicas (corte de SIM). Para validar este último punto, ALESTRA podrá solicitar al cliente fotografías de la SIM, y condicionar su aceptación de reposición sin costo a la entrega de éstas.

Para el resto de los escenarios, la reposición de SIMs generará un costo para el CLIENTE según lo estipulado en el anexo de precios y/o Carátula firmado durante la contratación de los servicios. De forma enunciativa, mas no limitativa, se mencionan algunos escenarios que generarán cargo por la reposición de las SIMs: 1. Solicitud del cliente por robo o extravío de la SIM, 2. Solicitud del cliente por daño o maltrato de la SIM fuera del uso normal de la misma.

4.12 El EQUIPO PROVISTO se entrega desbloqueado en cuanto a la operación del Equipo para ser utilizado por el CLIENTE. En caso de falta de pago del EQUIPO PROVISTO, ALESTRA se reserva el derecho de bloquear el Servicio y tomar las acciones que corresponda para su pago.

Durante la vigencia contratada, sin importar la figura contractual bajo la cual haya sido entregado el EQUIPO PROVISTO, ALESTRA podrá inhabilitar el Equipo Terminal, en cualquier momento, en los siguientes casos: a) cuando el CLIENTE incurra en mora o incumplimiento de pago; b) cuando el CLIENTE haya proporcionado información falsa; c) por mandato de la autoridad (administrativa y/o judicial), d) a solicitud del CLIENTE por robo o extravío; y/o e) por cualquier incumplimiento del CLIENTE a sus obligaciones bajo el Contrato.

El EQUIPO PROVISTO permanecerá inhabilitado para su uso hasta que el CLIENTE subsane la causa que le dió origen. El CLIENTE no quedará exento del pago de los adeudos pendientes de liquidación, pudiendo ALESTRA exigir el pago de éstos en una sola exhibición.

La inhabilitación del EQUIPO PROVISTO no significará la suspensión o cancelación de los servicios que el CLIENTE tenga contratados, sino únicamente la imposibilidad de usar/manipular el EQUIPO PROVISTO, de manera temporal, en tanto se subsana la causa origen.

QUINTA. - TARIFAS, FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO.

5.1 El CLIENTE podrá contratar:

a) Un Plan tarifario de Servicio sin Plazo Forzoso:

En este caso, el CLIENTE deberá contar con un EQUIPO DEL CLIENTE, debidamente homologado de conformidad con lo establecido en la LFTR al momento de la contratación. En dicho caso, ALESTRA aplicará la Contraprestación mensual correspondiente y demás cargos por consumos adicionales que realice el CLIENTE conforme a las Tarifas contratadas en el Anexo de Precios y/o Carátula.

b) Un plan tarifario de Servicio sujeto a un Plazo Forzoso

El CLIENTE podrá elegir contratar por un plazo Forzoso por cualquiera de las razones siguientes:

(i) El CLIENTE se hará acreedor al beneficio de un descuento único en la compra de un EQUIPO PROVISTO por ALESTRA.

(ii) Una tarifa preferencial comparada con la tarifa sin plazo forzoso.

En el caso de EQUIPO PROVISTO por ALESTRA, el EQUIPO PROVISTO será entregado al CLIENTE vía mensajería, en el lugar y dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha de firma del Anexo de Precios y/o la Carátula o en la fecha que ambas partes acuerden en la Carátula o el Anexo de Precios, sujeto a la disponibilidad de inventarios de Equipos Terminales en la modalidad solicitada. En caso de que exista un Anexo de Precios y/o Carátula firmada y ALESTRA no pueda entregar el Equipo contratado y/o que no lo pueda entregar en el tiempo pactado, el CLIENTE podrá dar por terminado el Anexo de Precios sin responsabilidad, en cuyo caso ALESTRA rembolsará al CLIENTE el monto en su caso pagado por éste a ALESTRA equivalente al Precio del Equipo que no se le pudo entregar más un 20% (veinte por ciento) del Precio del Equipo; o solicitar, sin costo adicional, un Equipo Terminal de características similares o mejores.

En dicho caso, ALESTRA aplicará la Contraprestación mensual correspondiente y demás cargos por consumos adicionales que realice el CLIENTE conforme a las Tarifas contratadas en el Anexo de Precios y/o Carátula. El CLIENTE estará sujeto al plazo forzoso establecido en el Anexo de Precios y/o Carátula; en caso de no cumplirlo, estará sujeto a lo establecido en la cláusula Décima Quinta.

En caso de que el CLIENTE requiera Servicios Adicionales, deberá celebrar un nuevo Contrato.

5.2 CAMBIO DE PLAN TARIFARIO. El CLIENTE podrá solicitar a ALESTRA en cualquier momento el cambio del Plan Tarifario contratado.

El cambio de Plan Tarifario se aplicará al día siguiente del corte del ciclo de facturación corriente.

5.3 El Comprobante Fiscal incluirá y/o el CLIENTE podrá solicitar a Servicios de Atención al Cliente:

Un estado de cuenta que reflejará todos los Servicios y Servicios Adicionales, contendrá de manera separada y desglosada la descripción de entre otros los cargos, costos, conceptos, naturaleza de los citados Servicios, Roaming Internacional, el consumo total de datos en el periodo de facturación correspondiente cuando la oferta comercial contratada contenga un límite de transferencia de datos, cuando sea aplicable el cargo mensual correspondiente al EQUIPO PROVISTO, cualquier adeudo, ajustes, descuentos, aplicación de pagos y cargos por terminación cuando el CLIENTE se encuentre sujeto a un plazo forzoso; se emitirá de manera mensual y se dará a conocer al CLIENTE con al menos 10 (diez) días naturales de anticipación a la fecha límite de pago, por cualquiera de los dos medios elegidos por el CLIENTE en el Anexo de Precios y/o Carátula, a saber: (a) en el domicilio del CLIENTE o (b) previa autorización del CLIENTE, vía correo electrónico a la dirección proporcionada por éste.

El CLIENTE podrá consultar mediante la plataforma SELFCARE en el link https://mvne.alestra.mx/alestraselfcare/login únicamente lo relativo a los Servicios y Servicios Adicionales.

LARGA DISTANCIA Y ROAMING INTERNACIONAL. El CLIENTE se obliga a cubrir los cargos correspondientes al Servicio de Larga Distancia Internacional conforme a los registros que se generen en el sistema de ALESTRA y la aplicación de las Tarifas aprobadas y registradas ante el IFT para dichos eventos y que se encuentren vigentes.

El CLIENTE acepta desde este momento que los cargos generados por la prestación de los Servicios de Larga Distancia Internacional y Roaming Internacional (toda vez que en su prestación participan terceros), podrán transcurrir hasta 3 (tres) ciclos de facturación para verse reflejados en su Comprobante Fiscal, exceptuando las ofertas base que ya incluyan servicios a Estados Unidos y Canadá y/o que el CLIENTE hubiere contratado Roaming Internacional para ciertos países en cuyo caso la facturación será mensual de manera regular.

5.4 Las partes acuerdan que la Renta Mensual por los Servicios y Servicios Adicionales se facturarán en un Comprobante Fiscal a mes vencido, en dicho Comprobante Fiscal se facturarán los cargos correspondientes a los Servicios y Equipos para el CLIENTE de conformidad con las Tarifas registradas ante el IFT que sean aplicables conforme a lo establecido en el Anexo de Precios y/o la Carátula correspondiente. El CLIENTE se obliga a pagar a ALESTRA el monto total señalado en los Comprobantes Fiscales correspondientes a la prestación de los Servicios a más tardar en la fecha límite de pago establecida en los mismos.

En todo caso, las Tarifas y demás cargos incluirán el Impuesto al Valor Agregado y cualquier otro impuesto que conforme a la legislación fiscal vigente resulte aplicable. El pago por los Servicios y/o Equipos para el CLIENTE podrá realizarse en cualquier institución con la que ALESTRA tenga convenio y se especifique en el Comprobante Fiscal respectivo.

En caso de que por alguna razón ALESTRA dejare de cobrar en su momento cualquier cantidad a la que tuviere derecho con motivo de este Contrato, no perderá por el tiempo su facultad de cobrarla, teniendo el CLIENTE el derecho de objetar el Comprobante Fiscal correspondiente en los términos de la presente cláusula.

El CLIENTE podrá optar por pagar los Servicios y/o Equipos para el CLIENTE en efectivo, con cargo automático a su tarjeta de crédito, por transferencia electrónica o mediante cheque. Si por cualquier causa el cargo automático a la tarjeta de crédito es rechazado por la institución de crédito emisora, el CLIENTE se obliga a proporcionar otra tarjeta e crédito como forma de pago y aceptar los cargos a ella y de no hacerlo se le tendrá por no pagado. El CLIENTE también podrá optar por pagar en efectivo o mediante cheque expedido a favor de Alestra Servicios Móviles S.A. de C.V. en cualquier institución de las señaladas en las facturas, o también previa coordinación con ALESTRA, mediante transferencia electrónica de fondos a la cuenta de ALESTRA que ésta le señale al CLIENTE por escrito o previa autorización del CLIENTE con cargo automático a la cuenta de cheques del CLIENTE. Cuando el CLIENTE realice mediante transferencia electrónica de fondos su pago y no le sea posible referenciar éste, deberá notificar el pago respectivo a Atención a Clientes a efecto de que le sea debidamente acreditado. En caso de que el CLIENTE realizara su pago mediante cheque y éste fuera devuelto, ALESTRA tendrá la facultad de aplicarle una penalización del 20% (veinte por ciento) sobre el importe de éste, conforme a lo dispuesto en el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. El CLIENTE podrá solicitar cualquier cambio de forma de pago por escrito de acuerdo a los medios de pago ofrecidos por ALESTRA.

En caso de que el CLIENTE se encuentre en el supuesto de alguna de las causas de rescisión del presente Contrato de conformidad con lo establecido en la cláusula Décima Quinta, y ALESTRA tenga que demandar por la vía legal el incumplimiento del pago, éste se determinará con los Comprobantes Fiscales que el CLIENTE haya devengado y que no hayan sido pagados, siendo el documento idóneo el duplicado de los mismos en el que aparezca el Saldo adeudado y su concepto.

Cualquier diferencia que el CLIENTE identifique sobre los cargos efectuados en las facturas deberá informarla a Atención a Clientes y en caso de no ser resuelta a su satisfacción, podrá objetarla de buena fe y por escrito, habiendo efectuado el pago respectivo, dentro de un año contado a partir de la fecha de pago del correspondiente Comprobante Fiscal, dando así inicio a un procedimiento de reclamación. Si el CLIENTE no objeta de esta forma los cargos contenidos en su factura, éstos se entenderán reconocidos. En caso de iniciar un procedimiento de reclamación, ALESTRA resolverá al CLIENTE en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la fecha de inicio del procedimiento de reclamación.

En caso de ser procedente la reclamación, ALESTRA efectuará el ajuste (devolución) correspondiente en la facturación del CLIENTE, misma que se verá reflejada de acuerdo al ciclo de facturación del CLIENTE, dentro de los 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la fecha de inicio del procedimiento de reclamación correspondiente.

En caso de que el CLIENTE no cumpliere con cualesquiera de las obligaciones de pago a su cargo, derivadas del presente Contrato, ALESTRA podrá cobrar intereses moratorios sobre dichas cantidades vencidas y no pagadas a partir del día siguiente a la fecha de vencimiento y hasta la fecha en que fueren pagadas en su totalidad. Dichos intereses moratorios serán a una tasa igual a tres (3) veces la TIIE. La tasa se aplicará sobre las bases de un (1) año de trescientos sesenta (360) días por el número de días en que subsista la mora o el incumplimiento de la obligación de pago.

SEXTA. - OBLIGACIÓN DE PROPORCIONAR LOS SERVICIOS.

6.1 ALESTRA proporcionará en todo momento los Servicios contratados de manera no discriminatoria y con base en la Tarifa y calidad convenidas, siendo responsable frente a sus CLIENTES de la calidad y continuidad de los Servicios de conformidad con la Ley, las Disposiciones del IFT, su Permiso y demás disposiciones legales aplicables. Los servicios móviles son una forma de comunicación inalámbrica y opera sobre la base de la transmisión de señales de radiofrecuencia en una banda de frecuencia del espectro radioeléctrico. Por su misma naturaleza, la transmisión de estas señales de radiofrecuencia puede verse afectada por la congestión en la red debido a la cantidad de tráfico de voz, mensajes y/o datos que están siendo enviados y recibidos, condiciones climáticas o ambientales, y/o el estado de la infraestructura de las redes públicas de telecomunicaciones. ALESTRA, en su carácter de OMV, proporcionará los Servicios debidamente autorizados para tales efectos por el Gobierno Federal. Ocasionalmente algunas de estas redes pueden no estar disponibles por mantenimiento, modificaciones, actualizaciones, emergencias o para proteger la seguridad de la propia red. En esos casos los Servicios pueden no estar disponibles de manera temporal, en cuyo caso será aplicable lo establecido en la cláusula 10.1 del presente Contrato. La transmisión de las señales de radiofrecuencias también puede verse afectada por la ubicación de las estaciones de base, los obstáculos tales como edificios o pasos subterráneos, y por factores externos tales como las condiciones geográficas o atmosféricas. Si el Equipo Terminal es EQUIPO PROVISTO, ALESTRA asegura que en el momento de la entrega, el Equipo Terminal es compatible con las redes de telecomunicaciones. Sin embargo, en caso de verse comprometida la calidad del EQUIPO PROVISTO por daños o uso no autorizado por el CLIENTE, ALESTRA no podría garantizar la prestación del Servicio. El uso de Equipos Terminales que no hayan sido provistos por ALESTRA, no hayan sido declarados por el CLIENTE como EQUIPO DEL CLIENTE o no se encuentren homologados conforme a lo establecido en la LFTR pueden ocasionar el funcionamiento anormal de los Servicios, del EQUIPO DEL CLIENTE no declarado y/o de los sistemas de comunicación y/o facturación de ALESTRA; por lo que ésta no será responsable de la calidad o imposibilidad de la prestación de cualesquiera de los Servicios; pudiendo suspender la prestación de los mismos, previa notificación al CLIENTE para que éste adopte las medidas necesarias. ALESTRA proporcionará en todo momento los servicios obedeciendo a la calidad contratada y establecida en el Contrato y hará su mejor esfuerzo para garantizar la prestación de los Servicios sin interrupción o error alguno (en términos de disponibilidad de red, calidad o la cobertura), excepto por aquellos casos en que dichos errores o fallos se deriven de caso fortuito o fuerza mayor y/o actos u omisiones del CLIENTE y/o a necesidades específicas no contratadas por el CLIENTE, y/o a cualquier falla imputable al CLIENTE y/o intercepciones no autorizadas hechas por terceros ajenos a ALESTRA. No obstante, lo anterior y para todos los efectos a los que hubiere lugar, el CLIENTE acepta que cualquier reclamación, queja o acción que ejecute cualquiera de sus Usuarios, será responsabilidad del CLIENTE atenderla y dejar en paz y a salvo a ALESTRA de cualquier tema de esta naturaleza. En todos los supuestos señalados en esta cláusula 6.1 ALESTRA será el único responsable frente al CLIENTE por la prestación de los Servicios y Servicios Adicionales al servicio originalmente contratado.

ALESTRA no será responsable por la falla en aplicaciones de terceros derivadas a configuraciones propias del proveedor de la aplicación (recepción y envío de mensajes de autentificación de aplicaciones, funcionamiento de aplicaciones propietarias entre otros) que utilice el CLIENTE. ALESTRA hará el mejor esfuerzo para atender la petición y trabajar en las opciones de solución, sin que ésto, represente un reclamo hacia ALESTRA.

SÉPTIMA. – SERVICIOS ADICIONALES.

7.1 ALESTRA cuenta con Servicios Adicionales que el CLIENTE podrá consultar en la página web https://www.alestra.mx/soluciones/movilidad y ser contratados mediante Anexos de Precios y/o Carátulas.

OCTAVA. - VIGENCIA.

8.1 La vigencia del presente Contrato será: (i) por tiempo indefinido y/o (ii) por un plazo mínimo forzoso para ambas Partes en el que el CLIENTE con la finalidad de obtener algún beneficio acepta contratar algún Servicio y/o algún Equipo para el CLIENTE, el cual se establecerá en el Anexo de Precios y/o Carátula, periodo que correrá a partir de la fecha de activación del Servicio, en el entendido que al finalizar el plazo mínimo forzoso de contratación antes mencionado, la vigencia del presente Contrato será por tiempo indefinido.

NOVENA. - PAGOS Y RECARGAS.

9.1 El CLIENTE por decisión propia o porque agotó su paquete podrá recargar paquetes de minutos, datos o SMS a las líneas de su cuenta, a través de su portal de autogestión, la página web de ALESTRA, canales de atención al CLIENTE y puntos de venta afiliados en donde se realizará el pago correspondiente en efectivo o mediante cargo a una tarjeta de crédito o débito que el CLIENTE determine. El CLIENTE podrá consultar en todo momento de manera gratuita el abono realizado a su línea a través de su Portal de Autogestión. ALESTRA deberá informar al CLIENTE: La confirmación del monto de recarga realizada, la oferta comercial activada o beneficios incluidos con motivo de la recarga de saldo realizada, así como su vigencia; en la liga de Internet https://www.alestra.mx/soluciones/movilidad el CLIENTE podrá consultar la información completa de la oferta comercial adquirida. Dicha información será enviada al Equipo Terminal en la medida en que éste cuente con las funcionalidades técnicas para ello. ALESTRA no realizará reembolsos en efectivo por cualquier recarga de paquete restante en la Cuenta en ningún momento, incluso en aquellos casos en que los Servicios y la Tarjeta SIM sea desactivada o que este Contrato se termine por cualquier causa. ALESTRA no es responsable por la imposibilidad de cualquier Punto de Venta de terceros para activar correctamente la Tarjeta SIM o Recarga o procesar cualquier pago realizado por el CLIENTE cuando sea por temas imputables a dicho Punto de Venta. En estos casos, el CLIENTE deberá ponerse en contacto con el Punto de Venta donde adquirió la Tarjeta SIM o compró la Recarga y solicitar un reembolso en términos de las disposiciones legales aplicables.

DÉCIMA. - DISFUNCIONALIDAD DEL SERVICIO Y ATENCIÓN A FALLAS.

10.1 En caso de que los Servicios no se presten en la forma y términos convenidos establecidos en este contrato o no se proporcionen por causas directamente imputables a ALESTRA, el CLIENTE deberá comunicar en forma inmediata a ALESTRA las fallas o interrupciones del Servicio(s) llamando al Servicios de Soporte Técnico Movilidad y/o Mesa Móvil marcando al *611 desde su línea ALESTRA o al 800-062-6950 o al correo electrónico ms_alestra_movil@alestra.com.mx durante las 24 (veinticuatro) horas del día los 365 (trescientos sesenta y cinco) días del año.

En caso de interrupción del Servicio por causas imputables a ALESTRA por un plazo igual o mayor a 72 (setenta y dos) horas consecutivas, ALESTRA se obliga a bonificar al CLIENTE mediante un ajuste en su siguiente Comprobante Fiscal la parte proporcional de la Renta Mensual vigente correspondiente al tiempo que dure la interrupción de dicho Servicio, y como bonificación, el 20% (veinte por ciento) del monto calculado del periodo de afectación en la prestación del Servicio de telecomunicaciones contratado. Con el pago de la bonificación al CLIENTE se dará por resuelta la compensación por la falla del Servicio; ALESTRA no será responsable por los daños y perjuicios y/o por las utilidades que el CLIENTE dejare de generar y que sean causados por la interrupción en la prestación del Servicio. Si el CLIENTE no permite a ALESTRA que realice las labores de supervisión, cambio, actualización, mantenimiento y/o reparación de la tecnología utilizada para prestar el Servicio, ALESTRA no será responsable por fallas y/o degradaciones en el Servicio.

Serán consideradas como excepciones a lo señalado en el párrafo anterior y, en consecuencia, no procederá bonificación o compensación alguna, cuando:

  1. Los servicios sean interrumpidos por factores de caso fortuito o fuerza mayor por un período menor a 72 (setenta y dos) horas consecutivas;

  2. Medie una concentración inusual de usuarios en una radio base o conjunto de radio bases;

  3. El Equipo no se encuentre en condiciones óptimas de funcionamiento, lo cual será determinado por el equipo de Soporte Técnico de Movilidad de ALESTRA, en caso de que el Equipo Terminal presente daños, sea un Equipo no homologado, no se encuentre al corriente en sus actualizaciones de software del fabricante o haya sido modificado su hardware o software fuera de lo autorizado por el fabricante en la póliza de garantía o

  4. En aquellas situaciones que se describan como excluyentes al operador de telecomunicaciones de conformidad con la normatividad aplicable y la diversa contenida en los acuerdos internacionales de observancia para México tales como las recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) E.800, lo relativo a GSMA en el caso de Roaming, caso fortuito o fuerza mayor y las que las leyes o autoridades puedan determinar (colaboración con la justicia, cualquier resolución del IFT, terminación de acuerdos internacionales, etc.).

De conformidad con la regulación aplicable vigente, existen diversos factores que pueden variar la Cobertura Garantizada de ALESTRA y, por ende, pueden presentarse afectaciones en la percepción del Servicio. En tales casos, se entenderá y no será igualmente considerada como una falla del Servicio, siempre que el CLIENTE utilice su Equipo:

  1. Al interior de inmuebles;

  2. Estructuras subterráneas;

  3. Estacionamientos;

  4. Elevadores;

  5. Aeronaves (Aviones y/o helicópteros), o

  6. En cualquier otro supuesto previsto en la normatividad aplicable vigente.

DÉCIMA PRIMERA. - RESPONSABILIDAD.

11.1 Los Servicios se prestarán sobre la base de las condiciones precisadas en el presente Contrato y el CLIENTE acepta el Servicio bajo su propio riesgo. No le será imputable a ALESTRA el mal uso, negligencia, uso no autorizado, uso fraudulento, uso contrario a especificaciones, caso fortuito, fuerza mayor y en general por cualquier uso contrario a la Ley que realice el CLIENTE a través de los Servicios. ALESTRA no asume ninguna responsabilidad por las obligaciones a cargo de terceros relacionada con la prestación del Servicio, mencionando en forma enunciativa mas no limitativa, seguro(s), y contenido(s) suministrado(s) por terceros. El mal uso de los Servicios y de cualquier información que proporcione o publique el CLIENTE a través del servicio de ALESTRA le causará responsabilidad al CLIENTE de eximir y en su caso indemnizar y sacar en paz y a salvo a ALESTRA en términos de las disposiciones legales aplicables.

DÉCIMA SEGUNDA. - ATENCIÓN DE CONSULTAS, ACLARACIONES Y QUEJAS.

12.1 Para la atención de consultas, aclaraciones o quejas, el CLIENTE podrá llamar a Servicios de Atención al Cliente y/o mandar un correo electrónico a su ejecutivo de cuenta asignado reportando la situación concreta a fin de dar inicio al procedimiento de atención al cliente que ALESTRA le proporcionará. Las partes establecen un periodo máximo de 15 (quince) días naturales después de la fecha en que se presentó la discrepancia para poder dirimirla. Los servicios de atención al cliente son gratuitos.

DÉCIMA TERCERA. - MODIFICACIONES

13.1 Modificación de Servicio:

En caso de que el CLIENTE requiera nuevos servicios y/o modificación a las características específicas acordadas inicialmente deberá celebrar un nuevo acuerdo.

13.2 Modificación al Contrato

  1. En caso de modificaciones originadas en virtud de un mandato de autoridad administrativa o judicial que afecten en cualquier forma al presente Contrato, ALESTRA se obliga a informar al CLIENTE de cualquier tipo de cambios al mismo.

  2. En caso de que ALESTRA por propia decisión, sin que exista mandato judicial y que ésto modifique el presente Contrato con la previa aprobación de PROFECO y el Cliente no estuviese de acuerdo con dichas modificaciones, podrá exigir el cumplimiento forzoso del presente Contrato y, ante la imposibilidad de ejecutarse, dar por terminado el Contrato sin penalización. No obstante, lo anterior no exime a El CLIENTE del pago de los saldos vencidos y/o pendientes de pago al momento de la cancelación.

ALESTRA notificará cualquier tipo de cambio, al menos 30 (treinta) días naturales previo a que dichas modificaciones surtan efecto por cualquiera de los medios acordados, incluidos los electrónicos, para lo cual, El CLIENTE contará con un plazo de 30 (treinta) días naturales, contados a partir de que las mismas entren en vigor.

No será necesario el consentimiento de El CLIENTE cuando las modificaciones al Contrato o los servicios contratados constituyan una reducción en el precio originalmente contratado; un aumento en la cantidad de servicios incluidos en el servicio originalmente contratados por el mismo precio o un aumento en beneficios adicionales a los servicios originalmente contratados.

DÉCIMA CUARTA. - CAUSAS DE SUSPENSIÓN DE SERVICIO Y BLOQUEO DE EQUIPO.

14.1 ALESTRA podrá suspender total o parcialmente el Servicio y/o bloquear el Equipo, previa notificación al CLIENTE por cualquier medio, exceptuando números de emergencia y la recepción de llamadas en términos de la regulación aplicable, sin responsabilidad y/o pena alguna de su parte en los siguientes casos:

(a) Dentro de 1 (un) día hábil contado a partir de la notificación al CLIENTE, porque el CLIENTE y/o cualquiera de sus filiales y/o subsidiarias no liquiden cualquiera de los Comprobantes Fiscales emitidos bajo el presente Contrato, en la fecha límite de pago y/o no estén al corriente en el pago de los Servicios y/o Equipos. La suspensión del Servicio se mantendrá hasta que se cubra el adeudo correspondiente.

(b) Con efecto inmediato a partir del envío de la notificación al CLIENTE, por uso indebido del Servicio y/o utilizar equipos y/o accesorios no homologados por la autoridad competente.

(c) Por declaración judicial o administrativa, entre otros porque dicha autoridad determine o establezca que el uso que el CLIENTE esté dando a los Servicios contratados con ALESTRA bajo el presente Contrato, viole, incumpla o contraponga alguna de las Disposiciones Aplicables en México.

(d) Cuando por causas de caso fortuito o fuerza mayor o ventanas de mantenimiento previamente acordadas con EL CLIENTE durante la vigencia del presente Contrato, ALESTRA se vea imposibilitado para suministrar los Servicios.

(e) Por falsedad de las declaraciones o datos proporcionados por el CLIENTE a ALESTRA, ya sea en el presente Contrato o en cualquier otro documento y que los datos proporcionados por el CLIENTE no pueden ser verificados en la investigación de crédito.

(f) Con efecto inmediato si el CLIENTE contrate Paquetes o Servicios ilimitados y los destine para revenderlos o utilizarlos como un Centro de Contacto (Call Center) o para realizar llamadas de forma masiva y no cuente con la previa autorización de ALESTRA.

(g) Con efecto inmediato porque el CLIENTE no cumpla con lo establecido en la Cláusula Décima Sexta de uso no autorizado, fraudulento o abusivo del Servicio.

(h) Se bloqueará el Equipo en caso de incumplir pago y tener adeudos por el mismo, este podrá ser bloqueado vía IMEI en la red de ALESTRA y reportado por ALESTRA ante la GSMA para prohibir su uso en algún otro operador móvil nacional e internacional. El bloqueo se mantendrá hasta que se cubra el adeudo correspondiente al equipo terminal.

(i) Por cualquier otra causa atribuible al CLIENTE que impida a ALESTRA el cumplimiento del presente Contrato.

La suspensión del Servicio o el bloqueo del Equipo como consecuencia de los incisos antes señalados no implica la cancelación del Contrato, ni libera de la obligación de pago del CLIENTE y obliga a éste a cubrir las cantidades adeudadas y que se generen por los Servicios como renta básica mensual hasta la cancelación del presente Contrato.

En el supuesto de robo o extravío por parte del CLIENTE o del Usuario del Equipo, es responsabilidad del CLIENTE notificarlo a ALESTRA para que se pueda llevar a cabo el bloqueo del IMEI, la suspensión total o parcial del Servicio no incluye el bloqueo IMEI.

RESTABLECIMIENTO DE LOS SERVICIOS EN CASO DE SUSPENSIÓN.

Cuando se suspendan los Servicios al CLIENTE, éste tendrá un plazo de 30 (treinta) días naturales, contados a partir de la fecha de suspensión de los Servicios para solicitar su restablecimiento, siempre y cuando se haya subsanado la causa que dio origen a la misma y ésta hubiese sido imputable al CLIENTE. Realizado lo anterior, el restablecimiento del Servicio se efectuará dentro de un término máximo de 24 (veinticuatro) horas.

DÉCIMA QUINTA. - TERMINACIÓN Y RECISIÓN DEL CONTRATO.

15.1 Causas de Terminación en favor del CLIENTE.

(a) Terminación Voluntaria: En cualquier momento el CLIENTE podrá dar por terminado el presente Contrato en forma anticipada y sin necesidad de declaración judicial o administrativa, mediante mecanismos expeditos, incluidos previo aviso por escrito, medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita o a través de los medios convenidos por las Partes, siempre y cuando cumpla con lo siguiente:

(i) El CLIENTE cubra a ALESTRA con anterioridad a la fecha de terminación del Contrato, los siguientes cargos y contraprestaciones:

(1) si el CLIENTE se encuentra sujeto a un plazo forzoso, según se establece en los Anexos de Precios y/o Carátulas respectivas, también deberá hacer el pago de la cantidad equivalente al 20% del total de las Rentas Mensuales no devengadas de acuerdo al periodo de contratación que se establece en el Anexo de Precios y/o Carátula de todos y cada uno de los Servicios y Servicios Adicionales del CLIENTE y demás adeudos y cargos que se hayan generado bajo el presente Contrato hasta la fecha en que efectivamente se realice la cancelación de dichos Servicios y Servicios Adicionales.

(2) sin importar si existe o no plazo forzoso, el 100% (cien por ciento) del remanente del valor total del EQUIPO PROVISTO en compraventa establecido en el Anexo de Precios y/o Carátula, que no hubiere sido pagado a ALESTRA.

(b) Rescisión del Contrato: El CLIENTE podrá solicitar la rescisión del presente instrumento, sin responsabilidad, mediante cualquier medio expedito, incluidos aviso por escrito que envíe a ALESTRA, medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita o a través de los medios disponibles que ALESTRA ponga a disposición del CLIENTE, en cualquiera de los siguientes supuestos:

(i) Porque ALESTRA se encuentre imposibilitado para prestar los Servicios contratados.

(ii) Por resolución judicial o administrativa de autoridad competente que así lo determine.

(iii) En caso de incumplimiento de obligaciones de ALESTRA y/o que ALESTRA no preste los Servicios en la forma y términos convenidos en el presente Contrato y sus Anexos y/o Carátulas, así como en los estándares de calidad contratados o establecidos conforme a las disposiciones legales vigentes y no haya sido subsanado el incumplimiento de Servicio o de carácter operativo o administrativo por parte de ALESTRA durante la vigencia del Contrato, el CLIENTE podrá rescindir el Contrato, sin responsabilidad alguna para éste.

No obstante la rescisión, el CLIENTE permanecerá responsable de pagar a ALESTRA los adeudos por concepto de los Servicios prestados por ALESTRA, los Equipos para el CLIENTE y cualquier otro concepto que se genere al momento de la contratación de los Servicios objeto del presente Contrato.

15.2 Causas de Terminación en favor de ALESTRA.

ALESTRA podrá dar por terminado anticipadamente el presente Contrato en forma automática, sin responsabilidad, pena o cargo alguno y sin necesidad de declaración judicial de conformidad con las disposiciones de esta sección:

(a) Terminación Necesaria: ALESTRA se reserva el derecho de dar por terminado anticipadamente el presente Contrato, con previo aviso de treinta (30) días naturales de anticipación que le haga al CLIENTE, cuando cualquiera de los siguientes eventos se presente:

(i) Cuando, al momento de efectuar la activación o durante la vigencia del presente Contrato, por imposibilidad física o razones técnicas no sea factible técnicamente suministrar los Servicios, en cuyo caso ALESTRA deberá.

(ii) Cuando después de haber iniciado la prestación de los Servicios, ALESTRA determine que no es factible continuar prestando dichos Servicios por causas de Fuerza Mayor y/o Caso Fortuito.

En caso de que se presente alguno de los eventos que se establecen anteriormente, ALESTRA no tendrá responsabilidad u obligación alguna, ALESTRA deberá bonificar al CLIENTE el 20% (veinte por ciento) del anticipo si aplica o en su caso cancelar la(s) factura(s) del periodo en que se hubiere presentado este supuesto, sin responsabilidad para el CLIENTE dentro de los 30 (treinta) días hábiles siguientes a la fecha límite de pago establecida para la activación de Servicios.

(b) Rescisión del Contrato: ALESTRA, sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso legal derivado del presente Contrato o de la Ley, podrá dar por rescindido el presente Contrato, sin responsabilidad, pena, ni recargo alguno, y sin necesidad de declaración judicial previa, mediante aviso por escrito que envíe al CLIENTE, en cualquiera de los siguientes supuestos:

(i) Si el CLIENTE utilizó los Servicios de forma distinta para la que se contrataron, según lo establecido en el presente Contrato y en los Anexos de Precios.

(ii) Porque el CLIENTE o el Usuario lleve a cabo prácticas irregulares, uso fraudulento o mal uso de la red.

(iii) Porque el CLIENTE haya sido declarado en quiebra o suspensión de pagos por autoridad competente.

(iv) Por resolución judicial o administrativa de autoridad competente que así lo determine.

(v) Porque alguna Autoridad Competente, ya sea judicial o administrativa, federal, estatal o municipal, determine o establezca que el uso que el CLIENTE esté dando a los Servicios contratados con ALESTRA bajo el presente Contrato, viole, incumpla o contraponga alguna de las Disposiciones Aplicables en México.

(vi) Por incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en el presente Contrato, sus Anexos y/o en los respectivos Anexos de Precios, así como a la ley y regulación aplicable.

(vii) La cesión, transferencia o cualquier forma similar o análoga de transmitir los derechos y obligaciones contenidos en el Contrato, sin la previa autorización de ALESTRA.

(viii) Por la muerte del CLIENTE, en caso de que el CLIENTE sea persona física o por la terminación de la sociedad, en caso de que el CLIENTE sea persona moral.

(ix) Por falta de pago a partir de un Comprobante Fiscal (30 días naturales) del Servicio, y/o de los Equipos para el CLIENTE y de los cargos adicionales autorizados, sin que ello haya sido subsanado por parte del CLIENTE.

(x) Si el CLIENTE es condenado por autoridad judicial por delito que amerite pena corporal.

Si el Contrato se rescinde por cualquiera de las causales establecidas en el inciso (b) de Rescisión anterior, dicha rescisión implicará para el CLIENTE el pago de la penalización establecida en la Sección (a) (i) de la Cláusula Décimo Quinta del presente Contrato.

DÉCIMA SEXTA. - USO NO AUTORIZADO, FRAUDULENTO O ABUSIVO DEL SERVICIO.

16.1 El CLIENTE y el Usuario no deben usar o ayudar a otros a usar el servicio o un dispositivo para cualquier propósito ilegal, no autorizado, abusivo o fraudulento. El servicio de la SIM puede ser restringido o cancelado si ALESTRA tiene una sospecha razonable de abuso o uso fraudulento ya sea en la red de ALESTRA o en la red de los operadores en donde ALESTRA tenga un acuerdo. ALESTRA enviará a el CLIENTE un aviso inmediato de dicha restricción o término. El CLIENTE y el Usuario deben hacer los esfuerzos necesarios para minimizar el abuso o uso fraudulento, para reportar inmediatamente a ALESTRA cualquier abuso o uso fraudulento de los cuales tengan conocimiento, y cooperar en cualquier investigación o persecución que se inicie por ALESTRA.

16.2 El CLIENTE debe hacer su mejor esfuerzo para deshabilitar cualquier SIM o de alguna manera bloquear el acceso al Servicio de cualquier Usuario del que se sospeche abuso o uso fraudulento sea por monitoreo del propio CLIENTE y/o por una notificación de ALESTRA y/o cualquier otro medio con el que cuenten las partes para detectarlo. El CLIENTE podrá solicitar a ALESTRA el bloqueo del Servicio mediante el Servicio de Atención a Clientes, Mesa de Soporte Técnico y/o el Portal de Autogestión. Abuso y uso fraudulento del servicio por parte del CLIENTE incluye, pero no está limitado a: (i) intentar o ayudar a otros a acceder, alterar o interferir con las comunicaciones y/o información de otro cliente; (ii) alterar o realizar una conexión no autorizada a la red; (iii) instalar cualquier amplificador, repetidor o cualquier dispositivo que modifique la frecuencia de radio o banda usada para ofrecer el servicio; (iv) falsear información al momento de la contratación; (v) hacer uso del servicio de tal manera que interfiera indebidamente con el uso de un servicio de uno o más clientes o usuarios o que interfiera con la capacidad de ALESTRA para proporcionar el servicio; (vi) usar un servicio para transmitir información obscena, flagrante o ilegal; (vii) usar el servicio sin permiso en un dispositivo robado o perdido; (viii) acceso no autorizado y (ix) uso prolongado del servicio de acuerdo a la Política de Uso Justo disponible en la página http://www.ift.org.mx/sites/default/files/conocenos/pleno/sesiones/acuerdoliga/piftext28062113.pdf fuera de la cobertura local de ALESTRA de tal manera que genere incrementos considerables a los costos de ALESTRA.

16.3 Si el dispositivo de un Usuario se pierde o es robado, el CLIENTE debe solicitar a ALESTRA la suspensión o cancelación del Servicio del dispositivo y SIM inmediatamente, a través del equipo de soporte de ALESTRA o el Portal de Autogestión. Salvo que la ley disponga lo contrario, el CLIENTE es responsable de todos los cargos en que se incurra hasta que se reporte la pérdida o robo a ALESTRA. ALESTRA, después de suspender el Servicio por robo o extravío del Equipo Terminal de conformidad con las disposiciones administrativas aplicables, se debe abstener de realizar cobros relacionados con la prestación del Servicio durante los 10 (diez) días naturales siguientes al reporte y sólo puede cobrar los cargos asociados a saldos insolutos del Servicio y el Equipo Terminal, excepto cuando ALESTRA acredite que el CLIENTE está haciendo uso del Servicio. El CLIENTE es responsable de proteger cualquier información de su cuenta, identificación de accesos y contraseñas, sea del propio CLIENTE y/o de sus Usuarios, y debe utilizar apropiadamente Firewalls, Anti-Virus, o cualquier medida similar de protección, todos estos serán costos o gastos propios del CLIENTE.

DÉCIMA SÉPTIMA. - INVESTIGACIÓN DE CREDITO.

17.1 El CLIENTE declara que la información que ha proporcionado es verídica y que con base en dicha información ALESTRA evaluará la decisión de prestarle los Servicios. En caso de que ALESTRA detecte que la información es falsa o que derivado del análisis de ALESTRA del historial crediticio del CLIENTE el resultado sea la recomendación de no otorgarle servicios, ALESTRA podrá rescindir automáticamente este Contrato y terminar los Servicios, sin responsabilidad alguna. El CLIENTE autoriza a ALESTRA para que lleve a cabo las investigaciones y monitoreo periódico en las sociedades de información crediticia que estime conveniente (las "Sociedades"), y a que comparta el historial de facturas emitidas y de pagos resultado de la prestación de los Servicios con las Sociedades que considere. Esta autorización permanecerá vigente por el tiempo que dure la prestación de los Servicios. ALESTRA se reserva el derecho de mantener en su poder los documentos que le hayan sido proporcionados por el CLIENTE.

DÉCIMA OCTAVA. - GARANTÍA.

18.1 A la firma de cada contratación, el CLIENTE está de acuerdo en otorgar en favor de ALESTRA por concepto de garantía del pago de Servicios y Servicios Adicionales, ya sea depósito en efectivo o transferencia electrónica de fondos (la "Garantía") por la cantidad que ésta determine y se establezca en el Anexo de Precios y/o Carátula, y el CLIENTE a su vez deberá otorgarla a más tardar ocho (8) días hábiles después de la solicitud de ALESTRA. En el caso que un CLIENTE tenga un historial crediticio negativo y el análisis indique la recomendación de no otorgarle servicios, ALESTRA se reserva el derecho de prestarle los Servicios al CLIENTE. En caso de incumplimiento de pago del CLIENTE, ALESTRA podrá utilizar y ejecutar la Garantía para liquidar los adeudos generados; si el CLIENTE vuelve a incumplir en pagos, ALESTRA podrá rescindir el Anexo de Precios y/o Carátula en cuestión y el CLIENTE se obliga a pagar a ALESTRA los adeudos y la penalización establecida en la Sección (a) (i) de la Cláusula Décimo Quinta del presente Contrato. La Garantía deberá permanecer vigente durante la prestación de los Servicios. Al término de la vigencia del respectivo Anexo de Precios y/o Carátula, si fue requerida la constitución de una Garantía y ésta no fue utilizada por ALESTRA para el pago de adeudos, ésta será devuelta al CLIENTE mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria que el CLIENTE indique por escrito. El depósito en efectivo no generará interés alguno en favor del CLIENTE.

18.2 PROCESO DE GARANTIA DE PAGO DE EQUIPO). Para garantizar las obligaciones de pago por concepto de EQUIPO PROVISTO pactadas en el presente Contrato, el CLIENTE, toda vez que desde su firma ya ha tomado posesión del EQUIPO PROVISTO, está de acuerdo en suscribir a favor de ALESTRA un pagaré que ampare la totalidad del Precio Total de EQUIPOS PROVISTOS que se establece en el Anexo de Precios y/o Carátula.

El CLIENTE autoriza a ALESTRA de manera irrevocable a cobrar –sin necesidad de protesto–, el importe remanente adeudado y amparado por dicho pagaré en caso de incurrir en incumplimiento de pago.

Al término de la vigencia del respectivo Anexo de Precios y/o Carátula, si el pagaré no fue utilizado por ALESTRA, éste será devuelto al CLIENTE.

DÉCIMA NOVENA. - CONFIDENCIALIDAD.

19.1 El objetivo mutuo del ALESTRA y el CLIENTE bajo esta Cláusula es proporcionar protección adecuada a la Información Confidencial manteniendo ambos su aptitud de conducir sus respectivos negocios y actividades. La Parte que revele información confidencial será denominada como el Divulgante y la que recibe la información será denominado el Receptor de Información.

Las Partes acuerdan que para efectos de este Contrato se entenderá como Información Confidencial cualquier información relacionada con el presente Contrato o que derive del mismo.

Además de lo expresamente previsto en el presente Contrato, las Partes convienen que: la Información Confidencial revelada por escrito, oral, en forma visual, mediante entrega de objetos y/o a través del acceso a la información contenida en una base datos serán y se considerarán que han sido recibidas de manera confidencial y serán utilizadas únicamente para propósitos del presente Contrato, y cada una de las Partes se obliga a utilizar los mismos medios que utilizan para proteger su propia información confidencial, pero en ningún caso medios menos que los razonables, para evitar la revelación y proteger la confidencialidad de dicha Información Confidencial. Dicha Información no podrá ser ni en todo ni en parte revelada por el Receptor de Información sin el previo consentimiento por escrito de la Divulgante, salvo por lo establecido en la presente Cláusula.

De todo lo anterior no se impedirá a cualquier Parte que revele la Información que le pertenezca a la otra Parte en el caso en que: 1) ya sea conocida o se encontrase en posesión del Receptor de Información sin una obligación de confidencialidad distinta a la señalada en este Contrato; 2) sea desarrollada independientemente sin el uso de la Información Confidencial de la otra Parte; 3) sea requerida por una autoridad competente, incluyendo aquella solicitada en un proceso de contratación, siempre que dicha Información sea clasificada como confidencial y 82 y 85 de la Ley de la Propiedad Industrial, según corresponda; 4) sea públicamente conocida o que se convierta en pública en un momento posterior sin responsabilidad del Receptor de Información; 5) sea revelada sin restricciones similares a un tercero por el Divulgante sin obligación de confidencialidad.

VIGÉSIMA. - DATOS PERSONALES.

20.1 En relación con las disposiciones aplicables de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, ALESTRA con domicilio en Av. Munich número 175 L-10, Col. Cuauhtémoc, C.P. 66450, San Nicolás de los Garza N.L., México, manifiesta que es responsable del tratamiento de los datos personales que recabe y que los mismos serán utilizados única y exclusivamente para el desarrollo de los fines para los cuales fueron proporcionados por el Cliente. Si se requiere mayor información puede acceder al Aviso de Privacidad completo a través de la página http://www.alestra.mx/aviso-de-privacidad/

VIGÉSIMA PRIMERA. - ANTICORRUPCIÓN.

21.1 Los empleados, funcionarios, distribuidores, agentes, consultores, subcontratistas y socios, de las Partes se obligan a que no prometerán, ofrecerán o autorizarán, ya sea de manera directa o indirecta o través de un tercero, la entrega de dinero o algo de valor a un funcionario del gobierno, partido político o funcionario de este, así como a un candidato a un puesto político, o cualquier otra persona con la finalidad de obtener un beneficio económico, reducción de impuestos o de sanciones por violación a Ley. En consecuencia, y con la finalidad de dar cumplimiento al Contrato, los empleados, funcionarios, distribuidores, agentes, consultores, subcontratistas y socios de las Partes deberá́ cumplir con las leyes pertinentes, incluidas todas las leyes de las jurisdicciones donde se prestan los servicios, y serán responsables de asegurar el cumplimiento de dichas leyes por parte de los empleados, subcontratistas, o agentes relacionados con los servicios.

VIGÉSIMA SEGUNDA. - DERECHOS DE AUTOR Y PROPIEDAD INTELECTUAL.

22.1 EL CLIENTE declara que posee todos los derechos, títulos e intereses sobre la información o aplicaciones que usa y/o transmite a través de la red de ALESTRA, incluyendo cualquier derecho de propiedad intelectual. A razón de lo anterior ALESTRA no se hace responsable de los daños, perjuicios y/o reclamaciones que resulten derivados de lo anterior, obligándose el CLIENTE a sacar en paz y a salvo a ALESTRA de cualquier reclamación, demanda o denuncia fincada en su contra por dicho concepto y a reembolsarle los gastos en que haya incurrido por tal efecto. Sin perjuicio de lo anterior el CLIENTE en este acto otorga a ALESTRA una licencia de uso libre de regalías para poder usar dichos derechos únicamente con el fin de dar cumplimiento a las obligaciones de este Contrato.

El CLIENTE no podrá utilizar cualquiera de los nombres comerciales de ALESTRA, marcas registradas, marcas de servicio, logotipos, nombres de dominio y la marca distintiva.

Salvo por lo anteriormente referido, ALESTRA reconoce y acepta que no tiene ningún derecho, título o interés sobre cualquier contenido que el CLIENTE envíe, publique, transmita o muestre en o a través de los Servicios, incluyendo cualquier derecho de propiedad intelectual. A menos que haya acordado lo contrario por escrito con ALESTRA, el CLIENTE acepta que es responsable de proteger y hacer cumplir los derechos y que el ALESTRA no tiene ninguna obligación de hacerlo en su nombre.

VIGÉSIMA TERCERA. - SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.

23.1 ALESTRA cuenta con procesos, lineamientos y protocolos de actuación para llevar a cabo en caso de temas de ciberseguridad y seguridad de información propiedad de ALESTRA. Estas actividades son aplicables exclusivamente a las actividades de ALESTRA. El CLIENTE deberá en todo momento contar con sus propias medidas de ciberseguridad y procesos para proteger la información que sea propiedad del CLIENTE o de terceros que esté en posesión del CLIENTE.

Por lo anterior, las Partes aceptan y reconocen, que cualquier fallo, daño en general cualquier afectación de ciberseguridad o seguridad de información será responsabilidad del propietario o poseedor de la información y/o infraestructura que se vea afectado derivado por acciones relativas a ciberseguridad o seguridad de información.

VIGÉSIMA CUARTA. - LIMITE DE RESPONSABILIDAD

24.1 ALESTRA no será responsable de ninguna manera por perjuicios y/o lucro cesante, el acceso, uso indebido que sea contrario a las leyes, reglamentos y demás disposiciones normativas aplicables, que realice EL CLIENTE o terceros, respecto de los Servicios materia del presente Contrato.

24.2 La responsabilidad total que pudiera llegar a tener cualquiera de las partes, por cualquier causa relacionada con este Contrato y los Servicios, no podrá exceder del monto total de Contraprestación equivalente a un mes de Servicio. Ello con independencia al monto total de Contraprestación y/o penalizaciones que en su caso corresponda a cada una de las partes, mismo que deberá ser pagado en los términos previstos en el presente Contrato.

VIGESIMA QUINTA. - PORTABILIDAD

25.1 El CLIENTE podrá, sujeto a los procesos, procedimientos, requisitos, condiciones generales y formalidades establecidas en la legislación aplicable en materia de portabilidad numérica, solicitar de manera gratuita la portabilidad del número telefónico asignado por el Proveedor, la cual deberá realizarse en un plazo no mayor a 24 (veinticuatro) horas a partir de que se ingrese la solicitud al sistema electrónico de gestión, conforme lo dispuesto en las Reglas de Portabilidad Numérica. La Portabilidad no eximirá a EL CLIENTE de cumplir con sus obligaciones contractuales, entre las que se incluyen, de manera enunciativa mas no limitativa, el pago de cargos pendientes y/o el pago del costo del Equipo.

25.2 Cuando algún trámite de portación numérica no se ejecute: i) en los plazos establecidos en las Reglas de Portabilidad Numérica por causas imputables a ALESTRA, ii) en la fecha comprometida por ALESTRA, siempre y cuando de manera expresa se haya acordado con el CLIENTE o bien, iii) los Servicios no se presten por ALESTRA conforme a los parámetros de calidad establecidos en el presente Contrato o en las disposiciones administrativas que resulten aplicables, el CLIENTE Portado a ALESTRA podrá exigir una compensación equivalente a la parte proporcional de la Contraprestación Fija Mensual del Plan Tarifario correspondiente al tiempo en que se dejaron de prestar los Servicios o no se prestaron con la calidad pactada, más una bonificación equivalente al 20% de dicho monto. El CLIENTE podrá optar por solicitar la cancelación de los Servicios sin el pago de penas convencionales si la portabilidad no es ejecutada dentro de los plazos establecidos por causas no imputables a éste, de conformidad a lo establecido en las Reglas de Portabilidad Numérica vigentes emitidas por el Instituto.

En caso de que ALESTRA determine como procedente la bonificación, aplicará los saldos correspondientes a más tardar en el ciclo de facturación posterior.

Cuando un CLIENTE inicie el procedimiento de portabilidad para cambiar de operador, deberá cumplir con sus obligaciones contractuales y el pago de los cargos pendientes y/o las penalizaciones correspondientes, lo cual no es un requisito o proceso previo a la portabilidad, pero deberá ser cumplido por el CLIENTE en los términos previstos en el presente Contrato.

VIGESIMA SEXTA. – ACCESIBILIDAD A USUARIOS CON DISCAPACIDAD

26.1 Los Servicios se prestarán a todos los Usuarios en forma equitativa, no discriminatoria, de lo anterior y en cumplimiento a lo establecido por el Instituto, ALESTRA acepta contar con mecanismos para atender las necesidades de los clientes con alguna discapacidad que le imposibilite el uso del servicio materia del presente Contrato.

ALESTRA pondrá a disposición de los CLIENTES con alguna discapacidad, un catálogo de Equipos Terminales que cuenten con funcionalidades de accesibilidad y que permitan al Usuario hacer uso de los Servicios contratados.

VIGESIMA SÉPTIMA. - CESIÓN DE DERECHOS.

27.1 El CLIENTE podrá ceder los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato a un tercero, siempre y cuando cuente con la autorización previa y por escrito de ALESTRA para dichos efectos y cumpla con el procedimiento y los requisitos estipulados necesarios. El CLIENTE en este acto autoriza y acepta que ALESTRA pueda ceder el presente Contrato a cualquier tercero, subsidiaria y/o filial con simple aviso que dé al CLIENTE en su Comprobante Fiscal.

VIGÉSIMA OCTAVA. - DOMICILIOS PARA NOTIFICACIONES Y/O AVISOS.

28.1 Todas las notificaciones, avisos y comunicaciones que deban hacerse en los términos del presente Contrato, deberán ser enviadas a sus representantes legales por escrito y tendrán efectos cuando sean recibidas por su destinatario en la dirección que se índica o a cualquier otro domicilio que las partes se notifiquen en la forma anteriormente mencionada. En caso de notificaciones dirigidas a ALESTRA: Domicilio: Av. Munich número 175 L-10, Col. Cuauhtémoc, C.P. 66450, San Nicolás de los Garza N.L., México Atención: Representante Legal. En caso de notificaciones dirigidas al CLIENTE: ALESTRA podrá notificar al CLIENTE cualquier cuestión relacionada con el presente Contrato (i) tratándose de personas físicas, al domicilio señalado en la Carátula; (ii) tratándose de personas morales, a través de un mensaje de texto enviado a la Cuenta del CLIENTE, a través de un anuncio general dirigido en la página web de ALESTRA y/o a través de cualquier otro medio o domicilio que conste en la información, documentación y datos personales presentados.

VIGÉSIMA NOVENA. - JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.

29.1 Las partes reconocen la competencia en la vía administrativa de la Procuraduría Federal del Consumidor en cuanto a la interpretación y cumplimiento del Contrato y de IFT en cuanto al cumplimiento regulatorio y de calidad en la prestación de los Servicios, de acuerdo a sus atribuciones expresas; así mismo, en caso de no acuerdo las partes acuerdan someterse a las leyes federales y jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad de México, renunciando a cualquier fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio, presente o futuro, o por cualquier otra causa.

TRIGÉSIMA. - DATOS REGISTRALES.

30.1 Contrato autorizado por la Procuraduría Federal del Consumidor con el número 530-2022 de fecha 09 del mes de septiembre del 2022. Asimismo, el CLIENTE podrá consultar el registro del Contrato en la liga de acceso a Internet https://burocomercial.profeco.gob.mx/ca_spt/Alestra Servicios Móviles, S.A. de C.V.!!Alestra 530-2022.pdf y en el siguiente enlace:
https://burocomercial.profeco.gob.mx/ca_spt/Alestra%20Servicios%20M%C3%B3viles,%20S.A.%20de%20C.V.!!Alestra%20530-2022.pdf

TRIGÉSIMA PRIMERA. - CARTA DE DERECHOS MÍNIMOS DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

31.1 ALESTRA dará a conocer al CLIENTE la carta de derechos mínimos de los usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones al momento de realizar el procedimiento de contratación del plan respectivo y la mantendrá de manera permanente en su página de Internet, la cual es del conocimiento del CLIENTE se encuentra disponible para consulta en la página de Internet https://www.alestra.mx/soluciones/movilidad.

ALESTRA deberá respetar en todo momento los derechos establecidos en el Acuerdo mediante el cual la Procuraduría Federal del Consumidor y el Instituto Federal de Telecomunicaciones, determinan los derechos mínimos que deben incluirse en la carta a que hace referencia el artículo 191 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

TRIGÉSIMA SEGUNDA. - PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO.

32.1 Cuando se llegare a iniciar algún procedimiento conciliatorio ante la PROFECO, ALESTRA no podrá interrumpir los servicios. Si ALESTRA suspende los servicios una vez recibida la reclamación del CLIENTE y/o dentro de cualquier momento del procedimiento conciliatorio, la PROFECO requerirá a ALESTRA el restablecimiento del servicio.

En todo caso, el CLIENTE no está exento de sus obligaciones de pago de los bienes y/o servicios contratados y utilizados, salvo cuando se haya determinado su improcedencia.

Cualquier diferencia entre el texto del contrato de adhesión registrado ante la Procuraduría Federal del Consumidor y el utilizado en perjuicio del CLIENTE, se tendrá por no puesta.

Los contratos de adhesión registrados ante la PROFECO deberán utilizarse en todas sus operaciones comerciales y corresponder fielmente con los modelos de contrato registrados por la misma, estar publicados de manera permanente en la página en Internet de ALESTRA y disponibles para su consulta a través de medios electrónicos, digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita, sin perjuicio de lo establecido en los Lineamientos Generales de Accesibilidad a Servicios de Telecomunicaciones para los Usuarios con Discapacidad que emita el IFT.